Seguro Obligatorio, para ejercer la actividad de Agencia de Viajes, cuyo objeto es que el Asegurador tome a su cargo la Responsabilidad Civil Extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con los artículos 1.902 y siguientes del Código Civil, como consecuencia de los Daños y Perjuicios causados involuntariamente a terceros por hechos que deriven del riesgo especificado en la Actividad Asegurada.